Después de un año de indefiniciones y trabas al
pedido realizado por los gobiernos locales, el 14 de marzo de
2008 el ente rector de la Salud Pública finalmente aprobó
la resolución donde presenta un modelo de acuerdo único,
junto al manual de descentralización y el listado de normas
de acreditación.
El denominado “Acuerdo Contractual de Compromiso”
establece las atribuciones y obligaciones de cada uno de los actores
involucrados en el proceso de participación ciudadana y
autogestión en salud.
Para entrar en vigencia, cada acuerdo deberá ser previamente
firmado por el ministro de Salud Pública, el gobernador,
el presidente del Consejo Regional de Salud, el intendente municipal,
el presidente del Consejo Local de Salud y el director de la unidad
sanitaria local del distrito involucrado.
La convocatoria oficial a esta firma es la que se está
esperando. “Desde el Consejo de Gobernadores hicimos un
urgimiento al Ministerio de Salud Pública para establecer
una fecha concreta para la firma de acuerdos”, explica Santiago
Evers, secretario de salud de la Gobernación de Presidente
Hayes. Una vez firmados, los acuerdos tendrán una vigencia
de tres años.
Lo acordado
Llegar a un consenso en la redacción del acuerdo único
de descentralización demoró más de un año.
“Es el resultado de un trabajo que nos llevó más
tiempo de lo que nosotros pensábamos”, reconoce Evers.
El instrumento permitirá renovar los contratos que fueron
firmados hace más de tres años con un total de 32
municipios y actualmente ya fenecieron. También posibilitará
que otros distritos se adhieran a esta forma de administrar sus
recursos de salud.
A través de los acuerdos, el Ministerio de Salud Pública
autoriza al Consejo Local de Salud a percibir aranceles o recibir
donaciones para financiar los gastos operativos del hospital o
centro de salud. Por su parte, el Consejo se compromete a cumplir
los programas prioritarios de salud, promoviendo el acceso a los
servicios de la población más carente.
“Estamos satisfechos en el sentido de que hay una decisión
del ministerio a dar vía libre a la firma y renovación
de los acuerdos. Fue un año de muchas reuniones, análisis
y trabajo en grupo que por fin tiene un resultado, no el que estábamos
esperando, pero es un adelanto”, opina por su parte Juan
Horacio Duré, secretario de salud de la Gobernación
de Itapúa.
Los técnicos del Consejo de Gobernadores reclaman que en
la redacción final del acuerdo se hayan hecho algunas modificaciones,
al margen del consenso previo. “Creo que es prudente y es
necesario presentar cuanto antes nuestros cuestionamientos a las
autoridades del ministerio de salud pública”, plantea
Duré.
Los insumos
A pesar de algunos puntos cuestionados, el acuerdo presenta puntos
consensuados. Se establece, por ejemplo, que la gestión
y las responsabilidades en salud son compartidas. El Ministerio
de Salud Pública se compromete a asegurar la provisión
de insumos y medicamentos básicos tales como vacunas, insumos
de planificación familiar, para el control del sida, tuberculosis,
lepra, diabetes y otras enfermedades prioritarias. También
proveerá otros implementos hospitalarios, tales como oxígeno,
alimentos, materiales de limpieza, combustibles y lubricantes,
de acuerdo a las disponibilidades presupuestarias.
La información
Para garantizar un acceso equitativo a los servicios de salud,
el Consejo Local de Salud requiere mucha información. Necesita
saber dónde están ubicadas las familias más
pobres del municipio y conocer exactamente qué cantidad
de recursos dispone. En ese sentido, el Ministerio se compromete
a proveer los datos relacionados a la asignación y ejecución
presupuestaria.
En caso de que se tengan previsto realizar inversiones edilicias,
nombramiento, contratación o traslados de recursos humanos,
los Consejos de Salud serán informados con antelación.
La Municipalidad, por su parte, se compromete a realizar un censo
de la población para conocer sus condiciones socio económicas
y focalizar el gasto social en salud hacia los más pobres.
La transparencia
Según el acuerdo, el Consejo Local de Salud debe depositar
diariamente y hasta un plazo no mayor de tres días el 100
% de sus recaudaciones. El 70% será depositado en la Cuenta
del Consejo Local de Salud, debidamente habilitada. El 30% restante
será depositado en la Cuenta Oficial Nº 545516/1 B.N.F.
habilitada por el Ministerio de Hacienda.
Además deberá rendir cuentas mensualmente a la Región
Sanitaria de los aportes, aranceles y donaciones recibidas.
La Municipalidad se compromete a aportar el 5% de su presupuesto,
distribuido proporcionalmente en el año. La Gobernación,
por su parte, destinará al Consejo Regional de Salud un
porcentaje de su presupuesto, de acuerdo a las disponibilidades
presupuestarias.
La Región Sanitaria, la Gobernación y la Municipalidad
controlarán como mínimo trimestralmente, el correcto
manejo de los recursos locales. Semestralmente se deberán
realizar audiencias públicas de rendición de cuentas,
cuya convocatoria estará a cargo del Consejo Regional de
Salud.
La participación
El Consejo Local de Salud tiene a su cargo elaborar el Plan Local
de Salud, a través de un amplio proceso participativo.
Se acordó que este cronograma de trabajo indefectiblemente
debe incluir los programas prioritarios del Ministerio. Se establece
en el documento que deberán respetarse las políticas
de gratuidad del Ministerio.
En muchos distritos, hay servicios que no son brindados actualmente
por el Ministerio de Salud. Por ejemplo, faltan servicios de ecografía,
radiografía, o la contratación de más médicos
especialistas para cubrir turnos.
El contrato posibilita a los Consejos Locales de salud a firmar
convenios privados para suplir estas faltas, pero teniendo en
cuenta que los aranceles cobrados no podrán ser superiores
a los precios establecidos por el Ministerio para servicios similares.