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Reunión
entre el presidente del Consejo de Gobernadores,
Isidro Rousillón y el ministro de Salud
Pública, Oscar Martínez Doldán
el pasado 11 de febrero
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"Se convierte en la herramienta fundamental para el proceso
de la descentralización. No teníamos esa herramienta
y por eso no podíamos dar continuidad al proceso en aquellos
municipios que ya estaban descentralizados ni tampoco podíamos
firmar con los municipios que querían descentralizarse.
Faltaban estas herramientas, ahora ya las tenemos", explicó
al respecto Oscar Martínez Arguello, responsable de la
Dirección General de Descentralización del Ministerio
de Salud Pública.
Ahora que fue dada a conocer esta resolución, se espera
que las autoridades sanitarias fijen fecha para el acto protocolar
de “oficialización” de estas herramientas,
para luego dar lugar a la firma de nuevos acuerdos de descentralización
con municipios interesados en iniciar el proceso en sus comunidades
y prorrogar con aquellos que ya vienen trabajando desde hace más
de cuatro años en forma descentralizada.
Las herramientas, que se aprobaron a través de la sorpresiva
resolución, nunca fueron socializadas con el equipo técnico
del Consejo de Gobernadores del Paraguay y la OPACI, que viene
trabajando con el Ministerio de Salud Pública desde el
19 de junio de 2007 en la elaboración de un acuerdo único
de descentralización que rija a todos los municipios y
Consejos Locales de Salud que lo firmen.
Tanto así, que los técnicos del Consejo de Gobernadores
pudieron acceder a una copia de la documentación aprobada
por el Ministerio de Salud Pública recién el 27
de marzo pasado, es decir, quince días después de
ser puesta en vigencia a través de la Resolución
Nº 113/08 y por pedido expreso de los interesados.
Una vez que el equipo técnico accedió a las copias
de las herramientas aprobadas, se percata que el “Modelo
de Acuerdo de Descentralización” no incorpora una
de las propuestas consensuadas en la reunión del pasado
7 de marzo y que las “Normas de Acreditación”
no se ajustan a lo estipulado en el Decreto Nº 19.966/98
que reglamenta la Descentralización Sanitaria Local y
otras disposiciones legales.
No obstante, el responsable Martínez Arguello, calificó
de satisfactorio el hecho de haber “consensuado un convenio
único que servirá de marco para la firma de acuerdo
de descentralización con los distintos municipios”.
"Nos movía un solo objetivo: tratar de implementar
en un 100% la descentralización en salud, con el objetivo
de hacer llegar las prestaciones de salud a la mayor cantidad
de ciudadanos de la República", apuntó.
La Resolución 113/98, en su artículo segundo, establece
también que los Consejos Regionales y Locales de Salud
realicen los procedimientos de las rendiciones de cuenta de ingresos
y gastos conforme a lo que establece la Ley de Presupuesto del
ejercicio fiscal 2008. Es decir, todos los Consejos deberán
completar un formulario, específicamente el Anexo B-09-Planilla
de Ejecución de Ingresos y Gastos, estipulado en el Presupuesto
General de Gastos de la República de este año.
En su último artículo, la resolución ministerial
dispone que la Dirección General de Descentralización
en Salud sea el organismo institucional responsable de implementar
los respectivos acuerdos suscriptos por el Ministerio de Salud
Pública.