| ALEJANDRO
DEDOFF
El abogado y notario doctor Alejandro Dedoff Salcedo,
presentó recientemente un libro sobre "Las
Fundaciones en el Código Civil Paraguayo".
El trabajo se inicia con la historia de las fundaciones,
estudia su persona jurídica y sus elementos
principales: el fundador, el patrimonio que se
constituye a través de la dotación
y las finalidades del bien común. También
toca aspectos prácticos como la administración
de las mismas y los tipos de actividades que pueden
realizar.
Finalmente el autor formula una propuesta de regulación
de su funcionamiento y presenta un proyecto de
ley "de aplicación general, que garantice
la pureza del instituto en cuanto a su creación,
viabilidad, acceso de los beneficiarios a los
fines de bien común, los requisitos de
su funcionamiento y el establecimiento de una
autoridad de control".
"Lo que me llevó a escribir este libro
es la actividad profesional, porque me encontré
con muchos problemas jurídicos respecto
de las Fundaciones", puntualizó Dedoff.
El rector de la Universidad Católica "Nuestra
Señora de la Asunción",Dr Antonio
Tellechea Solís, durante la presentación,
describió al libro presentado como un valioso
trabajo que analiza "objetiva y minuciosamente
el régimen normativo proveniente del Código
Civil paraguayo en materia de fundaciones".
Añadió que existen numerosos aspectos
relativos al funcionamiento de una fundación
que merecen regulaciones claras y certeras.
Agregó que "la sociedad civil viene
a ser el espacio de la esfera pública donde
grupos auto organizados y movimientos de individuos,
intentan articular valores, crear asociaciones
y solidaridades y avanzar en sus intereses. Precisamente,
las fundaciones constituyen para ese espacio un
instrumento indispensable".
Para el doctor Tellechea resulta patente la necesidad
de preservar escrupulosamente el objetivo que
persiguen las fundaciones, inspiradas en causas
y motivos filantrópicos y que reconocen
como meta final el bien común.
"El autor concibe un modelo de ley de fundación
que es muy importante porque tiene en cuenta todos
los aspectos que, cuando no son bien reglados,
pueden prostituir los fines fundacionales y desnaturalizar
una institución que persigue, en su concepción
original, fines muy nobles y altruistas". |